Tuición( Cuidado Personal)
- Un abogado con mas de 10 años de experiencia, especialistas en juicios de cuidado personal te representará y con dedicación exclusiva a tu caso.
- Facilidades de pago de los honorarios
- Tramitamos y Defendemos en Juicios de Cuidado Personal en Santiago y Regiones.
- Te explicamos claramente cuales son los criterios para obtener el cuidado personal.
- Regulación del Cuidado Personal Compartido.
- El alcoholismo, el abandono, el maltrato, el descuido grave son causales que inhabilitan al padre o madre para continuar ejerciendo el cuidado de los hijos.
- Tiempo de tramitación de este juicio de 3 a 6 meses.
Cuéntanos tu caso
¿A QUIÉN LE CORRESPONDE EL CUIDADO DEL HIJO?
Si ambos viven juntos el cuidado personal le corresponderá a ambos padres, pero si los padres viven separados le correspondera a quien está a cargo del cuidado del niño,quién decidirá respecto de éste, en temas de salud o educación , aquél padre que no detente el cuidado personal le correspondera un regimen comunicacional ( visitas).
¿QUE PASA NO HAY ACUERDOS ENTRE LOS PADRES, QUIEN TENDRÁ EL CUIDADO DEL HIJO?
Si no hay acuerdo, los hijos continuarán bajo el cuidado personal del padre o madre con quien esta viviendo, pudiendo el otro padre demandar su cuidado personal ante el Juzgado de Familia, cuando las circunstancias lo requieran y el interes superior del hijo lo haga conveniente.
¿QUE ANALIZA EL JUEZ PARA OTORGAR EL CUIDADO PERSONAL?
- Vinculo afectivo entre el hijo y cada padre y las demas personas de su entorno familiar.
- Tener las habilidades parentales para garantizar el bienestar el hijo, de acuerdo a su edad.
- Si el padre o madre que no tiene el cuidado personal pagó la pensión de alimentos, pudiendo hacerlo.
- Si el padre o madre que tiene el cuidado personal coopero con el otro padre para garantizar el regimen comunicacional
- Dedicación efectiva del padre o madre respecto del hijo, antes de la separación, de acuerdo a sus posibilidades
- Opinión expresada por el hijo.
- Resultado de los informes psicologicos, sociales y/o psiquiatricos que se hubieren ordenado realizar dentro del juicio.
- Actual domicilio de cada padre.
- Acuerdo que hayan realizado los padres antes y durante el juicio.
- Cualquier otro antecedentes relevante
¿QUÉ ES EL CUIDADO PERSONAL COMPARTIDO?
Es una forma de regular el cuidado personal, pero que procede sólo en caso de acuerdo entre ambos padres, no se puede demandar el cuidado personal compartido. Lo que busca este regimen de vida es procurar y estimular la corresponsabilidad y cooparentalidad de ambos padres que viven separados en el cuidado de los hijos, mediante un sistema de residencia en la casa de cada padre que asegura su estabilidad, continuidad y bienestar.